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| 02 de Julio de 2007 | |||
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Mundo laboral: Trabajadores suministrados o transitorios Respuestas proporcionadas por la Dirección del Trabajo.
¿Qué pasa si no se respetan los requisitos que dice la ley? Si se infringe la ley, los trabajadores suministrados deben ser considerados como propios de la empresa usuaria. ¿En qué casos se pueden ocupar trabajadores transitorios? Para reemplazar a personal con licencia médica o descansos de maternidad o feriados, por el tiempo que dure esa ausencia; para eventos extraordinarios, como la organización de ferias o congresos; o por aumentos ocasionales de actividad, por un máximo de 90 días. También para proyectos nuevos y puntuales de la empresa usuaria; por el inicio de actividades de empresas nuevas, por no más de 180 días; y para realizar trabajos urgentes e impostergables, sólo mientras dure esa labor.
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